Constitución de la República Lunar

Preámbulo

Nosotros, los primeros habitantes de la Luna, con el fin de establecer una sociedad justa, pacífica y progresista, para asegurar la libertad y el bienestar de todos nuestros ciudadanos, para fomentar la búsqueda del conocimiento en beneficio de toda la humanidad, y para actuar como administradores responsables de este nuevo mundo, por la presente ordenamos y establecemos esta Constitución para la República Lunar.

Artículo 1: Principios Fundacionales

La República Lunar es una sociedad soberana, democrática e indivisible fundada en los principios de libertad, igualdad y cooperación universal.

Artículo 2: Derechos Universales e Iguales

Todas las personas dentro de la República Lunar nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Disfrutarán de los derechos fundamentales a la vida, libertad, seguridad personal, libertad de pensamiento, conciencia, expresión y reunión sin distinción de ningún tipo, como origen terrestre, credo, raza, género o condición física.

Artículo 3: Ciudadanía por Proclamación

Cualquier ser humano que se relocalice físicamente al territorio de la República Lunar con la intención expresada de residir permanentemente será otorgado ciudadanía plena e inmediata. No se requerirá ningún otro prerrequisito, prueba o verificación de antecedentes para reclamar este derecho.

Artículo 4: Ciudadanía por Nacimiento

Toda persona nacida en la Luna, o en cualquier nave o estación bajo la jurisdicción de la República Lunar, es automáticamente ciudadana de la República Lunar desde el momento del nacimiento.

Artículo 5: Soberanía del Pueblo

Todo el poder gubernamental se deriva de los ciudadanos de la República, quienes ejercerán este poder a través de sus representantes electos y por referéndum directo.

Artículo 6: El Consejo Lunar

El poder legislativo de la República será investido en un cuerpo unicameral conocido como el Consejo Lunar. Sus miembros serán elegidos por los ciudadanos para servir por un período de cuatro años.

Artículo 7: El Administrador

El poder ejecutivo será investido en un Administrador, quien será el jefe de gobierno. El Administrador será elegido por voto directo de todos los ciudadanos por un período de cinco años y no podrá servir más de dos períodos consecutivos.

Artículo 8: El Poder Judicial

El poder judicial será investido en una Corte Suprema y en los tribunales inferiores que el Consejo Lunar pueda establecer. El poder judicial será independiente y tendrá la tarea de defender esta Constitución y las leyes de la República.

Artículo 9: Elecciones Libres y Justas

Todas las elecciones para cargos públicos serán libres, justas y realizadas por voto secreto. Todo ciudadano que haya alcanzado la edad de 16 años tendrá derecho a votar. Las elecciones para el Consejo Lunar se celebrarán a intervalos regulares que no excedan los cuatro años.

Artículo 10: Libertad de Movimiento

Todo ciudadano tiene derecho a moverse y residir libremente dentro del territorio de la República. Todo ciudadano también tiene derecho a salir de la Luna y regresar.

Artículo 11: Herencia Común

La superficie, subsuperficie y recursos naturales de la Luna son la herencia común de todos los ciudadanos de la República Lunar. Su exploración y uso será regulado para el beneficio de todos, asegurando la sostenibilidad y previniendo la explotación. Ninguna parte de la Luna misma puede ser propiedad privada.

Artículo 12: La Búsqueda del Conocimiento

La República Lunar protegerá y promoverá la investigación científica, la exploración y el intercambio abierto y libre de todos los datos y conocimientos, excepto cuando comprometa la seguridad inmediata de los individuos.

Artículo 13: Administración Ambiental

El ambiente pristino y único de la Luna, incluyendo sus sitios históricos como las primeras áreas de aterrizaje, es una confianza protegida. La República promulgará y hará cumplir leyes estrictas para preservarlo para las generaciones futuras.

Artículo 14: Sistema Económico

La República Lunar establecerá una economía mixta que equilibre la empresa individual con el bienestar colectivo, asegurando que todos los ciudadanos tengan acceso a las necesidades básicas mientras fomenta la innovación y el crecimiento.

Artículo 15: Defensa y Seguridad

La República Lunar mantendrá una fuerza defensiva suficiente para proteger a sus ciudadanos y territorio, pero nunca se involucrará en guerra agresiva o expansión territorial más allá de la Luna.

¿Listo para Unirte a la República Lunar?

Ahora que has leído nuestra Constitución, da el siguiente paso y conviértete en ciudadano de la República Lunar. ¡Asegura tu lugar en la historia lunar hoy!

Conviértete en Ciudadano